Especializada en Reclamaciones Aéreas
Si has sufrido un retraso de más de tres horas en tu vuelo o una cancelación o te han denegado el embarque tienes derecho a una indemnización.
Además de la compensación económica correspondiente, solicitamos con un alto porcentaje de éxito una indemnización por los daños morales sufridos.
¿Comenzamos ya mismo con tu caso?
Reclamación de la devolución del importe del billete o un transporte alternativo a tu lugar de destino, así como los gastos que la cancelación te haya generado.
A partir de las tres horas de retraso tenemos derecho a recibir una compensación económica, que se calcula en función de la distancia del vuelo.
Negativa a transportar al pasajero en un vuelo, pese a haberse presentado al embarque. Otorga derecho a indemnización, entre otros.
La aerolínea debe ofrecer compensaciones a los pasajeros a quienes les negó el acceso al vuelo y proporcionarles un vuelo alternativo.
Indemnización por destrucción, pérdida, daños físicos y deterioros o retraso en la entrega del equipaje.
Por desgracia, ocurre una y otra vez que los vuelos se retrasan, se cancelan o se pierde el vuelo de conexión.
La buena noticia para los pasajeros afectados es que tienen amplios derechos amparados por un Reglamento Europeo que todas las aerolíneas con vuelos con origen o destino en la UE deben cumplir.
Según ese Reglamento todos los pasajeros afectados por un funcionamiento anormal de su vuelo pueden tener derecho al reembolso del billete o a una indemnización. Se trata, al menos, de una pequeña compensación por las molestias causadas.
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al 944 23 10 17
Mi nombre es Itxaso López, y soy Abogada en Bilbao con más de 7 años de experiencia en diferentes áreas del derecho en el País Vasco y España.
Mi pasión por la aviación comercial unida a la del Derecho han hecho que sea pionera en conseguir importantes indemnizaciones por daños morales para los pasajeros afectados por los constantes abusos de las aerolíneas.
1. Derecho de información: la aerolínea debe proporcionarte un impreso en el que te informe acerca de tus derechos de asistencia y compensación.
2. Derecho de asistencia: La compañía aérea debe proporcionarte, entre otros, comida, bebida, alojamiento y 2 llamadas telefónicas o correo electrónico.
3, Derecho de reembolso o transporte alternativo: Si tu vuelo ha sido cancelado la aerolínea debe ofrecerte:
a) Reembolso del precio del billete en los 7 días siguientes. Y vuelo de vuelta al aeropuerto de origen en caso de que te encuentres en una conexión y tu viaje ya no pueda llevarse a cabo por la cancelación.
b) Transporte alternativo o vuelo de conexión que te lleve a tu destino final lo antes posible.
c) Transporte alternativo en una fecha posterior que tú decidas, incluyendo vuelos de otras compañías aéreas.
4. Derecho de compensación: Los pasajeros tienen derecho a una compensación económica que varía de entre 250€ y 600 €, dependiendo de la distancia del vuelo, aunque estas cantidades se pueden reducir en un 50% si la compañía aérea te ofrece transporte alternativo y cumple una serie de requisitos en cuanto a la hora de llegada al destino final.
5, Indemnización por daños morales: En los casos en los que el retraso se prolongue durante varias horas, pediremos una indemnización adicional por la angustia y ansiedad causadas.
Asegúrate de tener toda la documentación relacionada con tu vuelo, incluyendo tu tarjeta de embarque, confirmación de reserva y cualquier comunicación de la aerolínea sobre el retraso. Después, deberás presentar una reclamación a la aerolínea.
En este momento puedes elegir contratar nuestros servicios, para asegurarte de que reclamas todo lo que te corresponde.
Puedes consultar el estado de tu vuelo en las webs http://www.flightstats.com/ y https://www.flightradar24.com/.
La información que aparece en dichas webs es una prueba a tu favor en el futuro juicio contra la aerolínea.
1. Derecho de información: la aerolínea debe proporcionarte un impreso en el que te informe acerca de tus derechos de asistencia y compensación.
2. Derecho de asistencia: La compañía aérea debe proporcionarte, entre otros, comida, bebida, alojamiento y 2 llamadas telefónicas o correo electrónico.
3, Derecho de reembolso: Si el retraso es de cinco horas o más, y decides no viajar, tendrás derecho al reembolso en siete días del coste íntegro del billete al precio al que se compró, correspondiente a la parte del viaje no efectuada y a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser.
Recuerda que en el caso de elegir el reembolso, al no llegar al destino con mas de 3horas de retraso, no generarás el derecho a compensación.
4. Derecho de compensación: Si llegas al destino final tres o más horas después de la hora de llegada inicialmente prevista por la aerolínea tendrás derecho a una compensación económica de, entre 250 € y 600 €, en función de la distancia del vuelo.
5. Indemnización por daños morales: En los casos en los que el retraso se prolongue durante varias horas, pediremos una indemnización adicional por la angustia y ansiedad causadas.
Asegúrate de tener toda la documentación relacionada con tu vuelo, incluyendo tu tarjeta de embarque, confirmación de reserva y cualquier comunicación de la aerolínea sobre el retraso.
Después, deberás presentar una reclamación a la aerolínea. En este momento puedes elegir contratar nuestros servicios, para asegurarte de que reclamas todo lo que te corresponde.
El overbooking o sobreventa consiste en vender más billetes que las plazas que hay disponibles en un vuelo determinado.
Como consecuencia, se produce una denegación de embarque por parte de la aerolínea al pasajero que se ha presentado en la puerta de embarque.
Sí, y es una práctica comercial muy habitual.
No obstante, las aerolíneas deben respetar los derechos de los pasajeros previstos en la Ley y ofrecerles las compensaciones económicas procedentes por el overbooking.
Es decir, el hecho de que sea legal no significa que las compañías estén exentas de responsabilidad frente a los pasajeros afectados.
El Reglamento Europeo protege a los pasajeros afectadosp por overbooking.
En los casos de overbooking involuntario, la aerolínea te reubicará en un vuelo posterior.
Si este llega a su destino con un retraso de más de tres horas respecto al vuelo en el que te impidieron embarcar, tendrás derecho a recibir una indemnización. Si has sufrido overbooking, tienes derecho a la devolución del coste íntegro del billete o, si lo prefieres, a un vuelo alternativo que te lleve a su destino lo antes posible.
También podrás comprar un vuelo y solicitar el reembolso a la aerolínea responsable. Además, durante el tiempo de espera hasta tu segundo vuelo, la compañía está obligada proporcionarte comida, bebida y alojamiento.
Si has sufrido daños y perjuicios como, por ejemplo, no poder acudir a una boda o reunión, también tendrás derecho a una indemnización por daños morales.
1609 € aproximadamente, límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje. Se debe reclamar antes de 2 años a partir de fecha de llegada a destino.
Lo primero que debes hacer es buscar el mostrador destinado a estas incidencias y rellenar el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR).
Este trámite es imprescindible para que luego podamos reclamar a la aerolínea. Mientras tu equipaje no aparezca, tendrás que adquirir productos de higiene, ropa…
Guarda todos los tickets y facturas, porque también podremos reclamar estas cantidades. En caso de que la maleta no aparezca en 21 días, la compañía la dará por perdida y tendremos derecho a pedir una compensación económica.
En caso de que la maleta aparezca dentro de los 21 días, también podremos reclamar por el retraso en su entrega. Si al recoger tu equipaje este se encuentra dañado también tienes derecho a una indemnización.
Es muy importante que rellenes el PIR indicando el daño o deterioro sufrido en tu maleta, porque si no la compañía puede alegar que no se ha producido durante el vuelo.
1. Estudiamos las circunstancias concretas de tu vuelo.
2. Si no concurren circunstancias extraordinarias, hacemos una primera reclamación a la aerolínea culpable.
3. Si no contestan o te deniegan la indemnización, acudimos a juicio. Solamente tienes que facilitarnos la confirmación de la reserva y la tarjeta de embarque.
No te molestaremos hasta que tengamos la Sentencia.
En función de la distancia del vuelo cancelado, retrasado o con overbooking:
Además de la indemnización prevista en la ley, podrás reclamas los gastos ocasionados o dejados de disfrutar (noches de hotel, taxis, eventos pagados y no disfrutados…).
Y, por supuesto, podrás reclamar daños morales por los días de vacaciones o trabajo perdidos, así como por la angustia generada por la aerolínea.
En España se puede reclamar por retraso de vuelo, así como por el resto de las incidencias, dentro de los 5 años siguientes al incidente en cuestión. En la incidencias relacionadas con el equipaje, se debe reclamar antes de 2 años a partir de fecha de llegada a destino.
Son aquellas situaciones imprevisibles, inevitables y debidas a factores externos en el vuelo que eximen a las aerolíneas de pagar una indemnización por ser causa de fuerza mayor.
Es decir, son situaciones que no podrían haberse evitado incluso si la aerolínea hubiera tomado todas las medidas razonables para evitarlas. Son ejemplo de estar circunstancias que eximen a la aerolínea de indemnizar a los pasajeros: emergencia médica, avería técnica durante el vuelo, colisión de un pájaro, restricciones en el tráfico aéreo impuestas por los controladores aéreos, meteorología adversa que ponga en peligro la seguridad del vuelo, cierre del espacio aérea…
En cuanto a la huelga, solamente será circunstancia extraordinaria cuando el personal que está de huelga sea ajeno a la aerolinea (controladores, por ejemplo).