En los más de 7 años de ejercicio como abogada, he logrado varias sentencias pioneras que incluso han tenido repercursión en importantes medios de comunicación. Aquí comparto algunos casos destacados en los que la balanza se inclinó a nuestro favor.
¿Comenzamos ya mismo con tu caso?
ABSUELTA cliente cuya identidad está siendo suplantada en el seno de una organización criminal para la comisión de delitos de estafa en internet.
Conseguimos demostrar que le sustrajeron su DNI en 2018 y desde entonces los autores han contratado numerosas líneas de teléfono a su nombre, desde las que cometen las estafas en Wallapop y Milanuncios.
Desde este despacho estamos trabajando en estrecha colaboración con la Guardia Civil y Ertzaintza para averiguar la identidad de los verdaderos autores.
A nuestra clienta le sustrajeron su DNI hace un par de años. Desde entonces delincuentes han dado de alta cientos de líneas de teléfono con su identidad, a través de las cuales cometen estafas en Wallapop y Milanuncios. Ha sido incluida en ficheros de morosos por el impago de las facturas. Además, está imputada en decenas de procedimientos judiciales y figura como integrante de una organización criminal.
Otro cliente facilitó su DNI en una oferta de trabajo (falsa) de un portal de empleo online. Han usado su DNI para abrir cuentas bancarias en las que ingresan el dinero estafado a las víctimas.
Pionera Sentencia condena a Xfera Móviles a indemnizar a clienta por permitir que terceras personas contrataran líneas en su nombre.
Condenada la empresa Xfera Móviles a abonar a mi cliente 16.000 €, al considerar probado que Xfera permitió que se contrataran líneas de teléfono suplantando su identidad, sin asegurarse de la verdadera identidad de la persona que daba de alta las líneas.
La sentencia considera que la actuación pasiva y negligente de Xfera le ha ocasionado un daño moral consistente en angustia e impotencia. Y es que las líneas contratadas a su nombre se utilizaron para realizar estafas en las que mi clienta se vio imputada.
La Juez considera acreditado el «periplo judicial, policial y extrajudicial sufrido … debiendo ser indemnizado el daño moral causado».
Indeminización a víctima de suplantación de identidad.
La Audiencia Provincial de Madrid confirma la condena a Xfera Móviles SAU a indemnizar con 16.000 € a mi cliente por permitir contrataciones de líneas telefónicas suplantando su identidad.
La Sentencia refuerza la obligación de verificar la identidad de la persona contratante en contrataciones online. En este caso, la completa ausencia de verificación de la verdadera identidad del contratante de varias líneas telefónicas con Xfera Móviles causó serios perjuicios psicológicos a mi cliente, viéndose involucrada en numerosos procedimientos judiciales por delitos de estafa.
La Audiencia Provincial de Madrid recuerda la obligación de las empresas de implantar medidas de control tendentes a verificar que la persona que pretender contratar es quien afirma ser y que coincide con el titular del DNI. Es decir, no basta con la simple exhibición de un DNI, sino que es exigible un plus de diligencia y la verificación de que quien le enseña ese documento es realmente su titular. Y recalca que Xfera Móviles no puede desconocer los numerosos casos que en la actualidad se producen de suplantación de identidad.
Esta sentencia marca un paso más hacia la protección efectiva de los usuarios y la responsabilidad proactiva de las empresas en el entorno digital.
Vuelo retrasado. Indemnización.
El vuelo de la pasajera se retrasó 4 horas y 26 minutos. La aerolínea alegó condiciones meteorológicas adversas en el aeropuerto de destino. Sin embargo, la compañía aérea no consiguió demostrar claramente cómo dichas circunstancias provocaron problemas en el vuelo de la pasajera.
Se condena a la aerolínea a indemnizar a la demandante.
Cancelación de vuelo: indemnización por daños morales.
El vuelo de mis clientes fue cancelado y llegaron a su destino con 36 horas de retraso. Perdieron dos días de vacaciones y el coste de servicio de traslado al hotel que habían contratado.
Se condena a la aerolínea a indemnizar a cada pasajero por daños morales.
Pelea. Delito leve de lesiones. Indicios de autoría.
El Juez de Instrucción imputó a mi defendido un delito leve de lesiones. Recurrida dicha decisión ante la Audiencia Provincial, ésta declaró no haber indicios de autoría por parte de mi cliente.
La Audiencia Provincial estima nuestro recurso de apelación, revocando la resolución del Juez Instructor y sobreseyendo el asunto respecto de mi patrocinado.
Sentencia absuelve a mi cliente de delito de daños a pesar de supuesta confesión de los hechos a la policía.
Mi cliente es acusado de causar daños en varios coches aparcados en la calle.
La policía se presenta en casa de mi cliente y, sin informarle de sus derechos, le preguntan si tiene relación con los hechos.
La policía dice en el atestado que mi cliente respondió asintiendo con la cabeza.
Mi defensa, que la Sentencia acoge, es que ese gesto de asentimiento no puede tenerse en cuenta porque mi cliente no fue informado previamente de su derecho a no declarar.
La expresión «Mora vete a tu país» no es delito.
Absuelto cliente acusado de delitos leves de coacciones, amenazas y lesiones. Según la sentencia, la expresión «mora vete a tu país», únicamente podría constituir unas injurias, que no se encuentran tipificadas en el Código Penal, por lo que no constituyen ilícito penal.
Indica que «;estos hechos no constituyen delito alguno ni es función de este Juzgado corregir las faltas de respeto, de educación y de tolerancia.»
En cuanto al delito leve de lesiones, que la acusación particular fundamentaba en un parte de baja médica consistente en «trastorno adaptativo con ansiedad», la Juez establece: …nada prueba, pues se desconoce el origen de la lesión consistente en “trastorno adaptativo con ansiedad”; quién lo ha diagnosticado, cuándo, en base a qué sintomatología ni, fundamentalmente, qué relación de causalidad tiene con el comportamiento de la acusada.» Y absuelve a mi cliente de todos los delitos que le imputaban.
Cliente al que Extranjería le deniega el arraigo laboral en base a:
1) Antecedentes penales por delito contra la seguridad vial.
2) No alcanzar su jornada laboral el mínimo de 30 horas semanales.
Aspectos que resalta la Sentencia:
El Reglamento de Extranjería no exige la continuidad de la prestación laboral.
Se deben tener en cuenta las dificultades para acceder al mercado laboral y la extensa temporalidad que existe en la actualidad.
Existencia de varios contratos con la misma empresa.
El delito contra la seguridad vial no supone una amenaza real ni grave para la sociedad.
Sentencia condena a Extranjería a conceder permiso de residencia por arraigo laboral a mi cliente.
Condenada Extranjería a conceder a mi cliente la autorización de residencia por arraigo laboral.
Mi cliente acreditó cumplir todos los requisitos del arraigo laboral. Es más, durante 3 años ha trabajado y cotizado como autónoma.
A pesar de contar con una vida laboral ejemplar, Extranjería le denegó, como siempre hace de manera sistemática, el arraigo laboral.
No conformes con ello, acudimos a los Tribunales.
La Sentencia también condena a Extranjería al abono de las costas (honorarios de abogado) ocasionadas a mi cliente.
Absuelto cliente acusado de tráfico de drogas.
Mi cliente llamó a la policía al amenazarle un individuo con un hacha. La policía cacheó a mi cliente, encontrándole varios envoltorios de supuesto hachís, unos 44 gramos.
Le imputan a mi cliente un delito de tráfico de drogas. Conseguimos demostrar que los 44 gramos de hachís son para consumo propio, ya que se trata de una persona drogodependiente.
Además, recalca la Magistrada que, al ser mi cliente quien llamó a la policía, no se entiende que fuera a dedicar la sustancia al tráfico de drogas.
La cliente fue despedida de su empresa y comenzó a cobrar el paro. Tras el juicio contra la empresa, que era insolvente, FOGASA le abona la cantidad correspondiente.
Más tarde, el SEPE le solicita que devuelva la prestación por desempleo, porque no es compatible con el cobro del FOGASA.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco nos da la razón en cuanto a que el SEPE solicita la devolución fuera del plazo de 1 año previsto en la ley.
El Juzgado de lo Social declaró que la trabajadora, en cualquier caso, solamente debería devolver la mitad del importe que le reclama el SEPE.
Autónomo. Reclamación de factura impagada por cliente.
Trabajadora autónoma que, tras la prestación de sus servicios profesionales, no consiguió cobrar la factura.
Se insta el oportuno procedimiento judicial para lograr el cobro. A pesar de que la deudora seguía negándose a pagar, se le condena al abono de la factura, además de los intereses legales y las costas del procedimiento.
Reclamación al copropietario de los gastos de las obras
realizadas en el local propiedad de ambos.
Mi cliente es propietaria de varios locales con el demandado. Este no abona la parte que le corresponde de lBI. Tampoco abona los gastos de las obras realizadas en uno de los locales, adelantando la cliente los importes del demandado.
El demandado es condenado a pagar a mi cliente dichas cantidades más intereses y costas.
Condena a Quirón a indemnizar con 6.000 € a mi cliente por daños morales.
Mi cliente tenía programadas una gastroscopia y una colonoscopia.
Antes de las pruebas tuvo que someterse a diversos análisis, dieta estricta de 3 días, alimentación a base de líquidos en las 24 horas previas y tomar medicación que provoca diarrea y fuertes molestias gastrointestinales.
Estando ya ingresado en Quirón a la espera de las pruebas, Quirón se las cancela porque no hay ningún médico en el hospital que pueda hacerle las pruebas.
Mi cliente se ve obligado a abandonar las instalaciones de Quirón sin haberse sometido a las pruebas y sin que Quirón se las programe en una nueva fecha.
Delito de quebrantamiento.
Absuelto cliente de delito de quebrantamiento porque la carta certificada del Juzgado que le citaba la recogió otra persona.
El investigado no recibió personalmente la carta que le citaba para la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, por lo que no pudo conocer las consecuencias de no acudir a la cita.
Por tanto, no se le puede imputar un delito de desobediencia ni quebrantamiento.
Estafa Hombre en medio
No se extingue la obligación de pago por haber sido víctima de una estafa. Una empresa tendrá que pagar – por segunda vez – 20.000 € a mi cliente, por no haber comprobado que la cuenta a la que transfirió no era de mi cliente, sino de un estafador informático.
La condenada fue víctima de la conocida como la estafa «man in the middle» (hombre en medio), por lo que recibió un correo electrónico con la factura pendiente de pago a mi cliente, pero con un número de cuenta del estafador.
La ahora condenada, antes de hacer la transferencia no comprobó con mi cliente que los datos eran correctos (…) por lo que la deuda se encuentra pendiente de pago. El pago hecho a un ciberdelincuente mediante la estafa de «el hombre en medio» no libera de la obligación de pago al acreedor real.
Una empresa ha sido condenada a pagar, otra vez, 19.000 euros a mi cliente (empresa a la que compró una furgoneta) porque la transferencia del dinero que hizo por la compra del vehículo la realizó a la cuenta bancaria de un estafador informático.
Conseguimos acreditar que el sistema informático de mi cliente (la empresa vendedora) no fue hackeado, por lo que es culpa de la compradora no haber comprobado el número de cuenta al que debía transferir el dinero
Lesiones
Absuelta clienta acusada de un delito de lesiones porque los hechos ocurrieron de madrugada en el exterior de un local de ocio nocturno, por lo que la sola versión de la víctima no ofrece garantías suficientes para condenar a la denunciada. Además, nos encontramos ante versiones contradictorias sin que existan más datos que corroboren la versión de la víctima. Y añade el Juez: …cabe ofrecer verosimilitud a la versión de la defensa, configurando así una tesis alternativa que sustenta una duda razonable. Por lo que prevalece la presunción de inocencia.