Itxaso Lopez Abogada
Itxaso López es una profesional del ámbito penal con amplia trayectoria, dedicada a ofrecer apoyo jurídico tanto a personas investigadas o acusadas como a quienes han sufrido un delito.
Ha intervenido en procedimientos muy variados: desde infracciones contra el patrimonio, lesiones o delitos vinculados a la seguridad vial, hasta asuntos de violencia de género, agresiones sexuales, usurpación de identidad o cuestiones relacionadas con el CBD, entre muchos otros.
Si necesitas orientación legal, puedes contactar con ella y empezar a preparar la estrategia más adecuada para tu situación.
A lo largo de mi carrera he asumido la defensa de personas implicadas en procedimientos por delitos como atentado contra la autoridad o desobediencia, entre otros.
Mi práctica profesional incluye una intervención constante en delitos patrimoniales —robos, hurtos, estafas— y en asuntos relacionados con lesiones, amenazas, coacciones o infracciones vinculadas a la seguridad vial, como la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas.
También cuento con una sólida dedicación al derecho penal de menores. Intervengo habitualmente en procedimientos ante la Fiscalía y los Juzgados de Menores, un ámbito que exige preparación específica. Desde 2020 formo parte del Turno de Oficio de Menores del Colegio de la Abogacía de Bizkaia, tras superar las pruebas necesarias para acceder a él.
Ese mismo año me incorporé igualmente al Turno de Oficio especializado en violencia doméstica y de género, que requiere formación continua y evaluaciones periódicas. Esta trayectoria me permite abordar con solvencia la tramitación y defensa en procedimientos que implican órdenes de protección y otras medidas propias de este tipo de casos.
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Desde 2023 he centrado buena parte de mi labor profesional en la defensa de autónomos y negocios dedicados a la comercialización de CBD que pueden verse envueltos en investigaciones por presunto tráfico de drogas.
Asimismo, asisto jurídicamente a personas investigadas por delitos contra la salud pública, incluidos consumidores habituales de distintas sustancias.
Mi trayectoria abarca también un número considerable de procedimientos vinculados a delitos contra la libertad sexual.
Además, pertenezco al Turno de Oficio Penal Especial, destinado a la asistencia de personas acusadas de delitos de especial gravedad que conllevan penas de prisión elevadas.
Mi nombre es Itxaso López y soy abogada especializada en Derecho Penal en Durango y más de ocho años de trayectoria profesional en esta rama del derecho.
Ofrezco un acompañamiento integral a mis clientes a lo largo de todo el procedimiento penal, desde las diligencias iniciales de investigación hasta la vista oral. Presto asistencia letrada en comisaría, redacto escritos de defensa y acusación y asumo la representación procesal ante los distintos órganos judiciales.
Mi ejercicio profesional se orienta a la defensa rigurosa de los derechos e intereses de quienes confían en mí, afrontando tanto asuntos de menor complejidad como procedimientos penales de especial entidad, siempre desde el rigor técnico, la cercanía en el trato y la más estricta confidencialidad.
Trabajo bajo criterios de transparencia y honestidad profesional, con el objetivo de alcanzar la mejor solución posible en cada caso. Todos los encargos se formalizan mediante Hojas de Encargo claras y detalladas, que definen con precisión el alcance del servicio y el compromiso asumido.
En el ámbito penal, es fundamental contar con un abogado especializado que comprenda la trascendencia del procedimiento y domine tanto el marco legal aplicable como la estrategia procesal adecuada. Si estás implicado en un proceso penal, necesitas un profesional que no solo conozca la norma, sino que sepa interpretarla y aplicarla conforme a los criterios y prácticas de cada Juzgado o Tribunal.
Un abogado penalista con experiencia ofrece un acompañamiento completo durante todas las fases del procedimiento, velando por la defensa eficaz de tus derechos e intereses y garantizando una actuación sólida y coherente en cada etapa del proceso judicial.
Los antecedentes penales surgen cuando una persona ha sido condenada por la comisión de un delito mediante sentencia firme, es decir, una resolución judicial frente a la que ya no cabe recurso, bien por no haberse interpuesto o por haberse agotado todas las vías legales.
En cambio, los antecedentes policiales son anotaciones internas de los distintos cuerpos y fuerzas de seguridad que recogen detenciones, investigaciones o intervenciones relacionadas con hechos presuntamente delictivos, aunque no exista una condena judicial. Así, una persona puede figurar con antecedentes policiales sin haber cometido delito alguno, simplemente por haber sido investigada o denunciada.
Por este motivo, es posible contar con antecedentes policiales sin tener antecedentes penales.
Los antecedentes penales se inscriben en el Registro Central de Penados, mientras que los antecedentes policiales se conservan en los archivos propios de cada cuerpo policial (Policía Nacional, Guardia Civil, entre otros), a los que debe acudirse para su consulta o cancelación.
En síntesis, los antecedentes penales derivan de condenas judiciales firmes, mientras que los antecedentes policiales reflejan actuaciones o investigaciones policiales sin que necesariamente exista una sentencia condenatoria.
Sí, es posible solicitar la cancelación tanto de los antecedentes penales como de los antecedentes policiales.
La normativa vigente establece que toda persona condenada mediante sentencia firme, una vez cumplida íntegramente la pena, puede instar ante el Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes penales en el Registro Central de Penados, siempre que se respeten los plazos y requisitos legales previstos.
En cuanto a los antecedentes policiales, su supresión debe tramitarse ante el cuerpo o fuerza de seguridad en cuyos archivos figure el registro, al amparo de la legislación en materia de protección de datos personales. Este procedimiento es gratuito para el interesado y se ajusta a los protocolos establecidos por cada organismo policial.
Para la eliminación de un antecedente policial resulta imprescindible aportar una resolución judicial o certificación administrativa que acredite la finalización definitiva del procedimiento, vinculando de forma expresa dicho documento con el atestado policial, así como con la fecha y el lugar de la detención cuya cancelación se solicita.
Recibir una citación judicial puede generar inquietud, pero lo esencial es mantener la calma y recopilar toda la documentación y antecedentes relacionados con el asunto. Esta información permitirá a tu abogado analizar el caso con detalle y diseñar la estrategia de defensa más adecuada.
Ser citado en calidad de investigado hace imprescindible contar con la asistencia de un abogado penalista desde el primer momento. El letrado podrá acceder al contenido del procedimiento —salvo que exista declaración de secreto de sumario— y, tras estudiar el expediente, valorar contigo cómo afrontar la defensa.
En esta fase del proceso, debes saber que tienes derecho a no declarar, y será tu abogado quien determine si resulta conveniente o no prestar declaración en ese momento.
Conviene tener presente que se trata de una etapa inicial del procedimiento penal: figurar como investigado no implica culpabilidad, sino la existencia de indicios que están siendo analizados por el órgano judicial.
Un asesoramiento legal adecuado desde el inicio es clave para proteger tus derechos y asegurar una defensa eficaz frente a las posibles consecuencias jurídicas del procedimiento.
Tras sufrir una agresión física, lo más recomendable es acudir cuanto antes a un centro médico o servicio de urgencias para que redacten un informe detallado sobre las lesiones. Retrasar la atención médica puede dificultar la evidencia de heridas, marcas o rasguños que podrían desaparecer con el tiempo, complicando su acreditación ante un Juzgado.
Con el parte de lesiones en tu poder, deberás presentar la denuncia en la comisaría correspondiente, adjuntando el informe médico. Si conoces al agresor, facilita sus datos; si no, aporta toda la información posible que pueda ayudar a su identificación, como la presencia de cámaras de seguridad en comercios, bancos u otros espacios públicos.
Tras interponer la denuncia, recibirás una citación judicial. En este punto, resulta muy recomendable contar con un abogado penalista que te asesore desde el inicio del proceso, ya que su intervención incrementa las posibilidades de obtener una indemnización por las lesiones sufridas.
Todo depende del tipo de delito. En los juicios por delitos leves (anteriormente denominados faltas), no es obligatorio contar con abogado, por lo que es posible defenderse personalmente. Sin embargo, no es recomendable presentarse sin asistencia legal, al igual que no intentarías realizar una cirugía sin un profesional.
En el caso de delitos más graves, la ley no permite ejercer la defensa por cuenta propia, salvo que la persona acusada sea abogado de profesión. Ejemplos mediáticos de defensa personal en estos supuestos incluyen el juicio de José Manuel Villarejo o el caso de Rosario Porto, quien, acusada del asesinato de su hija Asunta Basterra, ejerció su defensa personal junto con su abogado.
Hurto y robo son ambos delitos contra el patrimonio, pero se diferencian por la forma en que se cometen. El hurto consiste en apropiarse de un bien ajeno sin emplear violencia ni intimidación, mientras que el robo implica el uso de fuerza sobre objetos o la aplicación de violencia o intimidación sobre las personas.
En otras palabras, el hurto se centra en la obtención de un bien ajeno con ánimo de lucro y sin el consentimiento del propietario, mientras que el robo se considera un delito más grave y, por ello, conlleva penas más severas.
La detención no puede prolongarse más allá del tiempo estrictamente necesario para llevar a cabo las investigaciones que permitan esclarecer los hechos.
En todo caso, la persona detenida debe ser puesta en libertad o presentada ante la autoridad judicial en un plazo máximo de 72 horas. Existen situaciones excepcionales, como detenciones de presuntos miembros de bandas armadas, terroristas o implicados en delitos de rebelión, en las que este plazo puede ampliarse hasta 48 horas adicionales.
El cómputo de este tiempo comienza desde el momento de la detención, que no siempre coincide con la entrada en la comisaría, y finaliza cuando la persona es liberada o puesta a disposición judicial.
Sí. La detención de un menor solo puede prolongarse durante el tiempo estrictamente necesario para llevar a cabo las investigaciones que permitan esclarecer los hechos.
En todo caso, el menor debe ser puesto en libertad o entregado al Ministerio Fiscal en un plazo máximo de 24 horas. A partir de ese momento, el Ministerio Fiscal dispone de hasta 48 horas desde la detención para decidir si deja al menor en libertad o solicita al Juzgado de Menores la adopción de medidas cautelares.
Sí, es posible cambiar de abogado durante un procedimiento judicial; la ley reconoce este derecho y no limita la cantidad de veces que puede ejercerse.
Si inicialmente contabas con un abogado de oficio y decides contratar a un profesional particular, deberás abonar los honorarios correspondientes a los servicios ya prestados por el letrado de oficio.
Para que el cambio sea efectivo, tu nuevo abogado deberá solicitar formalmente la defensa de tu caso al anterior, quien está obligado a entregar el expediente de manera inmediata, garantizando que tus intereses queden protegidos.
Conviene tener en cuenta que cambiar de abogado no detiene automáticamente el procedimiento. Asimismo, si se producen varios cambios sin causa justificada, el juez podría considerarlo una estrategia para dilatar el juicio.
En España, se puede presentar una denuncia por un delito de forma presencial en una comisaría de policía, en el Juzgado de Guardia o en la Fiscalía. La denuncia puede hacerse por escrito o de manera verbal, y será el funcionario quien la redacte.
Hoy en día, tanto la Policía Nacional como la Ertzaintza permiten denunciar ciertos delitos a través de sus páginas web, como robos o hurtos sin violencia, pérdida de documentos u objetos, daños materiales, estafas simples y ciberdelitos leves. No obstante, posteriormente será necesario acudir a la comisaría para confirmar la denuncia.