Especializada en Testamentos y Herencias
Ya sea que estés considerando hacer un testamento o te encuentres en la posición de ser el heredero de alguien, es crucial tener a tu lado a un abogado con especialización en herencias.
Además, es aconsejable contar con la asistencia de un abogado para la elaboración o revisión de un testamento, la distribución de una herencia, la renuncia a la misma o la impugnación de un testamento. Esto también aplica para las situaciones en las que la persona fallecida no dejó un testamento.
Trabajamos con objetivos reales de acuerdo a las circunstancias de tu caso, sin adornos. Solicítenos el estudio concreto de su asunto.
Desde el principio hasta el final, la confianza mutua entre el cliente y el letrado es un requisito para la aceptación del caso.
Contamos con formación específica del Colegio de la Abogacía de Bizkaia en derecho de sucesiones y fiscal vasco.
El propósito del derecho sucesorio es establecer quiénes serán los beneficiarios de los derechos y obligaciones que conforman el patrimonio (herencia) de una persona tras su fallecimiento.
La legislación del País Vasco brinda una amplia gama de opciones y defiende la libertad para testar. Por lo tanto, es legal desheredar a un heredero, conceder un poder testamentario para que otra persona determine quiénes serán los herederos y qué recibirán, o incluso otorgar la herencia en vida.
Además, somos expertos en herencias que involucran cualquier elemento internacional, como por ejemplo, que el difunto residiera o poseyera bienes en un país diferente al de su origen.
Nuestros servicios abarcan, entre otros: la redacción, revisión, impugnación y modificación de testamentos, declaraciones de herederos, aceptación y rechazo de herencias, obtención del Certificado de Últimas Voluntades, liquidación del impuesto de sucesiones, reclamación de herencia y gestiones en el Registro de la Propiedad.
Escríbenos o llámanos
al 944 23 10 17
Me llamo Itxaso López, y soy una abogada con sede en Bilbao que cuenta con más de 7 años de experiencia. En 2018, completé una formación específica en Derecho Civil y Fiscal Vasco, impartida por el Colegio de la Abogacía de Bizkaia. Esta formación me proporcionó una especialización en herencias del País Vasco, que están reguladas por una ley diferente a la de las demás herencias en España, debido al derecho foral vasco.
Además, estoy familiarizada con las regulaciones específicas de Hacienda que rigen el impuesto de sucesiones para los fallecimientos de personas que residían en Bizkaia. Ofrezco asesoramiento si estás considerando hacer un testamento o modificar el que ya has hecho, explicándote las opciones legales que se ajustan a tu situación específica. También me encargo de todas las gestiones necesarias en la Notaría, para que solo tengas que preocuparte de firmar. Si eres un heredero, me aseguro de defender tus intereses en caso de que surjan conflictos entre los herederos.
En Getxo el plazo es de 1 año desde el día del fallecimiento, como en el resto de Bizkaia. En otros territorios el plazo es de 6 meses. Para asegurarte de no tener problemas con Hacienda lo mejor es que acudas a un abogado especialista en herencias que se encargue de la liquidación del impuesto de sucesiones.
Efectivamente, Hacienda requiere que se liquide el impuesto sin importar cuándo se resuelva la discusión sobre la distribución de la herencia. Una vez que se llegue a una conclusión, ya sea por un acuerdo entre los herederos o por una decisión judicial, podrán acudir a Hacienda para rectificar la liquidación que se realizó inicialmente y ajustarla de acuerdo al reparto final.
En efecto, en Getxo, como en todo el País Vasco es posible a través del llamado pacto sucesorio, que se formaliza ante un Notario. Este es un acuerdo jurídico complejo, en parte debido a sus implicaciones con Hacienda. Por esta razón, recomendamos que busques la orientación de un abogado experto en testamentos y herencias en el País Vasco.
Tienes tres alternativas:
1) Puedes hacerlo ante tres testigos que sean mayores de edad, con plena capacidad para actuar y sin parentesco hasta el segundo grado. Es decir, los padres, hijos, abuelos, hermanos, cuñados, suegros, nietos, yernos y nueras no pueden ser testigos.
2) Puedes hacerlo ante un Notario, en cuyo caso no necesitarás testigos.
3) Puedes hacerlo ante las personas a cargo del Registro de Voluntades Anticipadas, en la sede del Departamento de Salud del Gobierno Vasco, donde tampoco se requieren testigos.
Se trata de un documento redactado, destinado al equipo médico, en el cual una persona establece las directrices a seguir en el futuro, para el caso de que llegado ese momento no pueda manifestar personalmente su voluntad. El documento puede ser alterado y revocado en cualquier instante mientras se mantenga la capacidad para tomar decisiones. Hasta ese instante, la decisión del individuo prevalecerá sobre lo estipulado en el documento.
Efectivamente, en Getxo los derechos respecto a la herencia del difunto son idénticos tanto si estaban casados como si formaban una pareja de hecho. En el caso de ser una pareja de hecho, es necesario que estén registrados en el Registro de Parejas de Hecho.
Dependerá del contenido del mismo. Por lo general suele costar alrededor de 50 €.
Sí, una persona puede modificar su testamento tantas veces como lo considere necesario a lo largo de su vida. El testamento que se haya realizado más recientemente antes del fallecimiento será el que se tome en cuenta.
Sí, a partir del año 2015, la legislación del País Vasco permite seleccionar entre los hijos o descendientes. Así, es posible omitir a todos nuestros hijos y asignar todo a uno o varios de nuestros nietos. Sin embargo, se deberá asignar la legítima a uno de los descendientes (ya sean hijos o nietos).
Primero, necesitarás obtener el certificado de defunción del Registro Civil. Luego, deberás adquirir el Certificado de Actos de Última Voluntad en el Ministerio de Justicia. Este certificado te permitirá verificar si la persona fallecida dejó testamento y, si es así, cuál es el último que otorgó, que será el que se utilizará para la distribución de la herencia.
Si existiera un testamento, tendrás que ponerte en contacto con la Notaría donde se realizó para solicitar una copia. Si no hubiera testamento, generalmente tendrías que acudir a una Notaría para gestionar la declaración de herederos. Sin embargo, si eres el único heredero, a veces este paso puede ser omitido.
Finalmente, se procederá a la división de la herencia entre los herederos y se liquidará el impuesto de sucesiones. Recuerda que estos pasos pueden variar dependiendo de la situación específica, por lo que siempre es recomendable buscar asesoramiento legal.
En el caso de que el difunto no haya designado un albacea o un contador-partidor, se puede comenzar un proceso de mediación para llegar a un consenso entre los herederos. Si no se logra un acuerdo, será necesario recurrir a un procedimiento judicial para establecer la distribución de la herencia. En esta situación, será esencial que cuentes con la asistencia de un abogado con especialización en herencias.
No es una obligación, pero sí es aconsejable hacer un testamento ante un Notario, ya que tendrás que especificar qué quieres que se refleje en tu testamento y cómo deseas distribuir tus bienes después de tu muerte. Dependiendo de la complejidad de tus bienes, puede ser muy beneficioso consultar a un abogado. Si el testamento es bastante sencillo, no sería necesario. Sin embargo, si deseas distribuir tu herencia de una manera específica, es mejor expresarlo claramente y contar con la orientación previa de un abogado especializado en testamentos y herencias.
En tal situación, la ley establece la forma en que se distribuirán esos bienes. En estas circunstancias, es necesario gestionar una declaración de herederos ante un Notario.
Si la herencia contiene bienes inmuebles, como casas, garajes o locales comerciales, tendrás que aceptarla formalmente ante un Notario. Sin embargo, si la herencia no incluye bienes inmuebles, no será necesario que te presentes ante un Notario; en este caso, bastará con firmar un documento privado. Independientemente de la situación, tendrás que pagar el impuesto de sucesiones en ambos casos.
Uno de los temas que siempre tratamos con nuestros clientes que están pasando por un proceso de separación o divorcio es su testamento.
Si hiciste un testamento a favor de tu pareja mientras estabas casado o en una relación de hecho, te recomendamos que cambies el testamento para que refleje tu nueva situación personal. Esto se debe a que, a diferencia de cuando estaban casados, tu pareja o cónyuge ya no tendrá derecho a recibir nada de tu herencia.
Si no cambias el testamento y deseas casarte de nuevo o registrarte como pareja de hecho con otra persona y falleces, habrá discrepancias entre la realidad y tu herencia, lo que causará problemas legales a tus herederos y seres queridos.